Es muy común en los propietarios de piscinas privadas desconocer la normativa de este tipo de piscinas, especialmente si has adquirido una piscina prefabricada o de obra recientemente, En este post explicaremos cómo afecta la normativa vigente regida por el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre a las piscinas privadas (familiares y comunitarias).

Piscinas Privadas Familiares

La limpieza y seguridad de una piscina familiar es responsabilidad del propietario, respondiendo este ante cualquier circunstancia que se pudiera dar. No disponen de una regulación tan estricta, pero hay que tener en cuenta una serie de factores para poder garantizar la seguridad y un correcto mantenimiento:

  • Disponer de un botiquín o equipo de emergencias básico, además de tener a mano el número de emergencias. Esto garantizará una rápida intervención en el caso de que se produzca algún percance.
  • Especial atención en la vigilancia de los más pequeños. Son los más proclives a tener accidentes, por lo que hay que tener un ojo sobre ellos siempre.
  • Existencia de elementos de seguridad. Estos elementos pueden ser vallas o alarmas que deben encontrarse en perfectas condiciones.
  • El agua debe estar en las mejores condiciones posibles. Muy importante cuidar permanentemente su mantenimiento, así como controlar y medir el cloro de la piscina periódicamente.

Piscinas Privadas Comunitarias

En este caso, nos encontramos con mayor número de normas y recomendaciones para preservar la seguridad y el correcto funcionamiento de la piscina, siendo la comunidad de vecinos la responsable. Estas son las normas y recomendaciones:

  • Revisión de la instalación. Debe hacerse diario y justo antes de la hora de apertura para asegurar el correcto funcionamiento de las instalaciones y mantenimiento de la seguridad.
  • Se debe establecer un horario del funcionamiento de la piscina.
  • Contratación de un socorrista. Este es obligatorio o no en función de cada comunidad autónoma, además del tamaño y número de personas de la comunidad de vecinos.
  • Los gastos pertinentes del mantenimiento, reparación o modificación de las instalaciones de la piscina debe correr a cargo de todos los vecinos de la comunidad.
  • Son necesarios el uso de material de seguridad como salvavidas o botiquines.
  • Establecimientos de normas internas. Se debe crear un código interno sobre comportamientos permitidos y no, para evitar accidentes y situaciones no deseables.
  • La piscina no puede superar cierta profundidad. La de adultos tiene que contar con una altura máxima de 3 metros y en el caso de los niños, la altura no puede ser superior a 60 centímetros.
  • Existencia de baños para cada sexo, así como uno para discapacitados.
  • El recinto debe disponer de duchas cercanas a la piscina.
  • Disponer de algún tipo de control de acceso para evitar la entrada de personas no autorizadas. Esto puede hacerse con la contratación de una persona que se encargue de vigilar la entrada de personas o con algún tipo de dispositivo de acceso automático como huella dactilar o tarjetas.
  • Los trampolines están prohibidos.